Publicadas recientemente en la Gaceta Oficial, este lunes entran en vigor las resoluciones que flexibilizan las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales, y las modificaciones de las tarifas aduanales para los envíos aéreos, marítimos y postales.
La Resolución 204, del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), aumenta lo que se puede enviar por vía marítima, postal o de mensajería al país, y a la vez disminuye la tarifa arancelaria.
A las personas naturales se les permite importar (mediante envíos) hasta 200 dólares, que equivalen a 20 kilogramos, pues, según normas de la Aduana General de la República, un kilogramo serían 10 dólares.
Si hasta ahora el límite era de 10 kg con igual costo (200 dólares), a partir de este lunes se mantiene ese importe pero se admite duplicar el peso.
Otra medida es que se aumenta a 3 kg (hasta ahora era de 1.5 kg) el peso del paquete por el que la persona que lo recibe en Cuba no deberá pagar aranceles.
La Resolución 204 del MFP dispone la rebaja del arancel de aduana a pagar en pesos cubanos por el envío del paquete, pues no será la totalidad del valor, sino el 30% de los restantes 17 kg (del total de 20 kg).
En reciente Mesa Redonda sobre estas regulaciones, Meisi Bolaños, ministra de Finanzas y Precios, explicó que el impuesto a pagar por un envío de 20 kg baja a 1 224 CUP (se duplica el peso del paquete y disminuye en un 70% lo que se paga por aranceles).
Con la nueva norma, si el usuario recibe un paquete de 10 kg se le aplica el 30% a 7 kg, lo que es equivalente al 30% de 70 USD x 24 CUP. En cambio, en las condiciones vigentes hasta ahora sería el 100% de 70 USD x 24 CUP.
Bolaños señaló que hay un cambio y una rebaja importantes en función de disminuir el costo para la población y la familia cubana al recibir envíos y paquetería del exterior.
También destacó la necesidad de trabajar para que ese servicio tenga calidad y las personas reciban su paquete en el tiempo establecido.
La Gaceta Oficial No. 45 incluye, además, dos resoluciones emitidas por la Aduana General de la República (175 y 176).
Estas establecen las reglas para las importaciones no comerciales por las personas naturales y la lista de valores de referencia para algunos productos, que sirven de guía o recomendación para el cálculo del impuesto a cobrar por la aduana.
Fuente: Cubadebate